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Rendición de Cuentas  


El 6 de julio de 2017 se emite el ACUERDO por el que se establecen las bases generales para la rendición de cuentas de la Administración Pública Federal y para realizar la entrega- recepción de los asuntos a cargo de los servidores públicos y de los recursos que tengan asignados al momento de separarse de su empleo, cargo o comisión.

Con fecha 24 de julio de 2017, se publica en el Diario Oficial de la Federación, los Lineamientos Generales para la regulación de los procesos de entrega- recepción y de rendición de cuentas de la Administración Pública Federal.

 
Lo anterior supone:
bullet Realizar una entrega – recepción de tipo individual al separarse del cargo o comisión.
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bullet Realizar la entrega de la gestión administrativa para efectos de transición administrativa.
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bullet Establecer un enlace de Coordinación.
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bullet Definir criterios de cumplimiento y respaldo.
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bullet Monitorear los plazos de cumplimiento y su respaldo en sus distintas etapas.
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bullet Realizar una evaluación de resultados de la gestión.

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bullet Delimitar y ordenar los asuntos relevantes que se deben incluir para efectos de “Libros Blancos o Memorias Documentales”.
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bullet Relacionar el estado que guardan los recursos presupuestales, humanos y materiales.
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bullet Dejar debidamente documentado el estado que guarda la información y los Archivos institucionales, así como los responsables de su administración, guarda y custodia.
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bullet Relacionar los resultados de Auditorías, inspecciones o intervenciones realizadas por los Organismos Fiscalizadores y el estado de atención brindado.
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bullet Estado que guarda la atención a las solicitudes de Transparencia.
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bullet Buenas prácticas y Casos de éxito.
 

La Entrega-Recepción Individual aplica a los servidores públicos hasta nivel de Director General. Tiene por característica que la información contenida debe ser relevante, en forma concentrada y “Global”. En particular, destaca que, en su “Informe de Asuntos a su Cargo” deberá dejar constancia de sus principales funciones, tales como: dirigir, coordinar y vigilar el cumplimiento de la política pública específica del Sector que se trate.

 
  . Diagnóstico situacional.
  . Alineación estratégica.
  . Principales indicadores y metas
  . Evaluación de resultados por programas y proyectos presupuestarios.
  . Definición de los principales temas o proyectos a considerar como relevantes.
  . Criterios de integración institucional.
  . Monitoreo y cronograma o ruta crítica de 
cumplimiento documental y         electrónica.
  . Integración y soporte con respaldo.  
  . Integración de la relación de los servidores públicos de niveles inferiores que     en adición a los señalados en el artículo 44 de los lineamientos también     estarán obligados a realizar el proceso de entrega- recepción, señalando     nombre, cargo, área de adscripción, ubicación física y tipo de fondos, bienes     y valores   públicos que tengan a su cargo, así como las actualizaciones     correspondientes.
  . Pruebas de control y confiabilidad. Se anexa ficha técnica.
 
   LOS LINEAMIENTOS ESTABLECEN COMO PLAZO MÁXIMO PARA REALIZAR LA ENTREGA: 10 DÍAS NATURALES A
PARTIR DE QUE SURTA EFECTOS LA SEPARACIÓN DEL CAR
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