|
|
La Entrega-Recepción Individual aplica a los servidores públicos hasta nivel de Director General. Tiene por característica que la información contenida debe ser relevante, en forma concentrada y “Global”. En particular, destaca que, en su “Informe de Asuntos a su Cargo” deberá dejar constancia de sus principales funciones, tales como: dirigir, coordinar y vigilar el cumplimiento de la política pública específica del Sector que se trate.
|
|
. Diagnóstico situacional.
. Alineación estratégica.
. Principales indicadores y metas
. Evaluación de resultados por programas y proyectos presupuestarios.
. Definición de los principales temas o proyectos a considerar como relevantes.
. Criterios de integración institucional.
. Monitoreo y cronograma o ruta crítica de
cumplimiento documental y electrónica.
. Integración y soporte con respaldo.
. Integración de la relación de los servidores públicos de niveles inferiores que en adición a los señalados en el artículo 44 de los lineamientos también estarán obligados a realizar el proceso de entrega- recepción, señalando nombre, cargo, área de adscripción, ubicación física y tipo de fondos, bienes y valores públicos que tengan a su cargo, así como las actualizaciones correspondientes.
. Pruebas de control y confiabilidad. Se anexa ficha técnica. |
|
LOS LINEAMIENTOS ESTABLECEN COMO PLAZO MÁXIMO PARA REALIZAR LA ENTREGA: 10 DÍAS NATURALES A
PARTIR DE QUE SURTA EFECTOS LA SEPARACIÓN DEL CARGO. |
|